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Imagen: Imagen de archivo: Bloomberg / Sarah Pabst. Plaza de Mayo, 10 de diciembre de 2025.
Nacionales · 23 de octubre de 2026
El Decreto 1228/2026 también amplió de seis a doce períodos mensuales la carencia mínima antes de que puedan utilizarse los recursos de cada fondo.
El Gobierno nacional postergó al 1 de diciembre de 2026 la entrada en vigencia del régimen de Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que estaba prevista para el 1 de noviembre. La decisión quedó formalizada en el Decreto 1228/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial.
La norma también amplió de seis a doce períodos mensuales la carencia mínima. Ese plazo se cuenta desde el mes calendario en que ARCA registra la integración efectiva de la primera contribución del empleador y exige períodos de devengamiento y pago completos y consecutivos. Por eso, la fecha de inicio del régimen y el momento en que cada fondo podrá atender obligaciones son instancias diferentes.
Los FAL fueron creados en el Título II de la Ley de Modernización Laboral 27.802 para cubrir determinadas obligaciones derivadas de la finalización de relaciones laborales. Su instrumentación se realiza mediante fondos comunes de inversión abiertos y fideicomisos financieros bajo competencia de la Comisión Nacional de Valores.
Según los fundamentos del decreto, las cámaras del sector solicitaron más tiempo para adecuar procedimientos y sistemas y realizar pruebas. El Ejecutivo también justificó la carencia mayor en la necesidad de formar un patrimonio inicial suficiente. La modificación rige desde su publicación, mientras que la puesta en marcha del régimen queda fijada para diciembre.